Preguntas Frecuentes

SI USTED ES ARRENDATARIO

1. Qué pasa si pago tarde mi arrendamiento?

Usted tiene 5 días hábiles para pagar el arrendamiento y este se paga mes anticipado. Si paga tarde dentro del mismo mes debe pagar un recargo por mora. Sino paga dentro del mismo mes, el contrato será enviado a la Aseguradora o Afianzadora que le estudió y allí le harán una cobranza pre-jurídica.

2. Con cuanto tiempo de anticipación debo informar la terminación de mi contrato de arrendamiento?

Si su contrato es de vivienda debe avisar con 3 meses de anticipación a la fecha de vencimiento del mismo.
Si su contrato es comercial debe avisar con 6 meses de anticipación a la fecha de vencimiento del mismo.
Recuerde que todos nuestros contratos inician el primero de cada mes, sin importar el día que lo haya firmado.

3. Qué pasa si quiero entregar el inmueble que tengo arrendado antes del vencimiento del contrato, o no avisé con la anticipación pactada en el mismo?

Debe cancelar la Cláusula Penal pactada que es el equivalente a 2 meses de arrendamiento.

4. Que procedimiento debo seguir para entregar el inmueble que tengo arrendado?

Si usted aviso la entrega con la suficiente anticipación de acuerdo a su contrato, debe recibir una carta nuestra que le informa que recibiremos el inmueble los últimos días del mes que vence el contrato. Quince días antes de dicha fecha debe acercarse a nuestras oficinas con los 3 últimos recibos originales de cada servicio público para calcular y dejar un remanente que cubrirá los servicios públicos consumidos y no facturados. Igualmente debe encontrase al día en el pago de los arrendamientos, administración, IVA, etc. El inmueble debe encontrarse en buen estado de mantenimiento salvo el desgaste normal por uso. Se acordarán dos citas, la primera para inspeccionar el inmueble de acuerdo al inventario e indicarle de ser necesario los arreglos que debe hacer y la segunda para recibir el inmueble.

5. Si no presenté codeudores pero en reemplazo constituí un CDT con la aseguradora o afianzadora que me estudió y aprobó, cuanto tiempo debo esperar para que la inmobiliaria me otorgue un Paz y Salvo para reclamar mi CDT?

Usted debe esperar 90 días que es el plazo que se demoran en llegar las facturas de servicios públicos que usted consumió, para nosotros poderlas pagar con el remanente dejado por usted.

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